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Las viviendas que instalen placas solares fotovoltaicas tendrán derecho a una bonificación del 50% del IBI. La ordenanza municipal de la ciudad de Valencia estima que las edificaciones de uso residencial que instalen sistemas de aprovechamiento eléctrico con energía solar podrán ahorrarse el 50% de la cuota de IBI durante 3 años.
Tendrán acceso a esta bonificación quienes instalen sistemas de energía solar fotovoltaica de una superfície mínima de 4m2 por cada 100m2 de superficie construida o en los sistemas de aprovechamiento eléctrico una potencia mínima de 5kW por casa de 100m2 de superficie construida.
¿Qué hay que aportar para poder acogerse a esta bonificación?
- Aportar un proyecto técnico o memoria técnica
- Certificado de montaje
- Certificado de instalación
¿Cuál es la documentación a presentar?
- Licencia urbanística de obras o autorización municipal equivalente
- Certificado final de obra
- Factura o certificado del coste de la instalación
Esta bonificación entrará en vigor el periodo siguiente al que se solicite, siempre que se acredite el cumplimiento de los requisitos ante el Ayuntamiento.
¿Cuándo se puede solicitar la bonificación?
Se podrá solicitar en cualquier momento y no tendrá carácter retroactivo. No se concederá bonificación cuando la instalación de placas solares fotovoltaicas sea obligatoria por cumplimiento de la normativa.
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